Promueven sanciones severas para quien incumpla órdenes de protección

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  • Luis David Ortíz Salinas sugiere de seis meses a tres años de prisión para esta conducta.

A efecto de poner un alto a la ausencia de protección y justicia para las mujeres, el senador Luis David Ortíz Salinas, de Movimiento Ciudadano, presentó en la tribuna del Senado una iniciativa para establecer que en caso de que una persona agresora incumpla una orden de protección se le impongan sanciones más severas.  

Señaló que uno de los grupos que más requieren de este tipo de medidas es el de las mujeres, ya que la violencia de género es un grave problema social que acaba con la vida de un gran número de ellas. 

El legislador advirtió que el desacato e incumplimiento de las medidas de protección expedidas a favor de mujeres víctimas de violencia de género, tienen un alto índice de reportes de incumplimiento, lo que las deja en un estado de vulnerabilidad y revictimización. 

Por ello, planteó una reforma al Código Penal Federal y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que se le impongan de seis meses a tres años de prisión y de diez a doscientos días de multa a quien desacate una medida de protección dictada por un órgano jurisdiccional o autoridad. 

Sugirió que, en caso de que la persona agresora incumpla la orden de protección, se emitan las medidas de apremio correspondientes, además de que se refuercen las acciones que permitan salvaguardar la vida y seguridad de las mujeres y niñas. 

Ortíz Salinas consideró indispensable que, si dictadas las medidas de apremio se continúa con el desacato de las órdenes de protección, la persona tiene que ser sancionada con seis meses a tres años de prisión, y de diez a doscientos días de multa. 

Recordó que las medidas de protección son un mandato emitido por un juez para proteger a una persona frente a otra, pues se trata de mecanismos procesales destinados a neutralizar o minimizar los efectos nocivos que produce la violencia por parte de un agresor, cuando la víctima se encuentre amenazada en su integridad personal o en su vida. 

El Estado, agregó, debe realizar todas las acciones necesarias para que las víctimas puedan ejercer sus derechos de manera plena y sin ningún obstáculo, “de tal forma que las acciones que efectúe permitan que las víctimas sean reconocidas conforme a los estándares de protección más amplios”. 

La iniciativa se envió a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos. 

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